LA CRISIS DE REPRESENTACIÓN DE LOS COPACOS

 Por los viejos tiempos: Fabiola y Rolando


La elección del 2023 reafirma el poco interés que provoca la elección de las Comisiones de Participación Ciudadana (COPACOS), en donde solo fueron a votar un 5.67% de los electores en la Ciudad de México. Porcentaje muy semejante al obtenido en 2020, en su primera elección,  en donde hubo una participación del 5.51%.  

Estos promedios quedan muy lejos de otras figuras de representación ciudadana. En 1995 los Consejos Ciudadanos alcanzaban un 20% de participación y 2013 la elección de los Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos alcanzaba un 12 %. 

Cabe mencionar que los porcentajes de votación para las figuras de representación ciudadana siempre son bajos, pero, en el caso de los COPACOS están en su nivel ínfimo.

La primera etapa: La representación Vecinal

En 1928 el General Álvaro Obregón exponía la desaparición del municipio en el Distrito Federal (D.F). Dictaba que el municipio libre en el D. F. lo era sólo en teoría – tenía toda la razón-, porque de hecho se encontraba supeditado al Congreso y al gobernador, y que por ello siempre había sido imposible la organización del Distrito bajo el gobierno municipal autónomo. 

Además, existía otra razón: la disputa interna por el control de los ayuntamientos, que cada 2 años enfrentaban a los grupos revolucionarios, y muchas veces el bando victorioso era contrario al que encabezaba la presidencia, que ponían en un tris al incipiente régimen político. 

Esta iniciativa seria votada y publicada en el Diario Oficial en el mes de diciembre de 1928. La obra póstuma del Gral. Obregón fue darle todo el control político del D.F. al presidente.  

Un saldo de la desaparición de los municipios fue la creación de un sistema de representación vecinal que permaneció por cerca de 70 años;  de 1928 hasta 1995. En la cual se establecen, en un principio,  el Consejo Consultivo de la Ciudad de México y los Consejos Consultivos Delegacionales. Posteriormente, en los años 70´s se crean los Comités de Manzana, Asociación de Residentes y la Junta de Vecinos. El ciudadano solo votaría directamente por los Comités de Manzana. Este elegiría a un jefe de Manzana que formaría parte de la Asociación de Residentes. Esta Asociación nombraría a su representante en la Junta de Vecinos de la Delegación, y estos a su vez nombrarían a un presidente que sería el representante en el Consejo Consultivo de la Ciudad de México. Uff.

Un esquema de elección indirecta y centralizada. Estos órganos de representación eran de colaboración ciudadana, y tuvieron un papel exitoso en la gestión y control vecinal. Estamos en la época dorada del PRI como partido de estado.

Segunda etapa: la transición democrática y la participación ciudadana

Los años 80´s fue la implosión ciudadana en el D.F.: como resultado del sismo del 1985, lo ciudadano, lo social no transita por los canales institucionales, y en las elecciones de 1988, el PRI pierde por primera vez la Ciudad. Esto obliga al régimen priista a impulsar cambios en la Ciudad de México, por cierto, con gran lentitud.

En 1993 se modifica la Constitución para dar nacimiento al Estatuto de Gobierno, y con este a la primera Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, que fue expedida en 1995 por la Asamblea de Representantes del Distrito Federal. Esta Ley crea la figura de los Consejos Ciudadanos.

Estos eran órganos de representación vecinal uninominales y de participación ciudadana elegidos mediante sufragio directo en cada una de las circunscripciones electorales, que estaban conformadas por Colonias, Unidades Habitacionales y Pueblos originarios. Estas circunscripciones tienen semejanza con las actuales Circunscripciones electorales de los concejales. La elección tiene una participación del 20%.

Su función más importante era la gestión, supervisión, evaluación y aprobación del programa delegacional (Programa Operativo Anual).  Esta nueva estructura solo opero un trienio, de 1995 a 1997. 

Otra modificación Constitucional, en 1996, obligo la elección del Jefe de Gobierno y posteriormente, en el 2000, a las Jefaturas delegacionales. La Asamblea, ahora ya Legislativa, expidió una nueva Ley de Participación que contemplo la conformación de Comités Vecinales. 

Estos eran órganos colectivos, elegidos por el voto popular por cada unidad territorial (por primera vez aparece este término). Sus funciones se limitaban a la representación ciudadana y la gestión. Se eligen en 1999 con una participación ciudadana del 9 %. Durante toda la administración de Andrés Manuel López Obrador como jefe de Gobierno no se vuelve a convocar a otra elección de los Comités Vecinales.

En el año de 2010 se aprueba otra nueva Ley de Participación Ciudadana. La estructura de representación ciudadana es llamada Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos. Lo más rescatable de esta ley es la consolidación de las llamadas unidades territoriales, el presupuesto participativo y el trato diferenciado para los pueblos originarios. Las funciones se siguen encuadrando en la representación, seguimiento y gestión.

La participación fluctúa entre el 10 % y el 12% cuando hay elección de los comités Ciudadanos y el Consejo de pueblos. Los Comités de Ciudadanos se elige por planilla, y de esta se nombraba al coordinador, con excepción en los pueblos originarios, en donde el coordinador era el subdelegado o coordinador territorial.

La Tercera Etapa: la Democracia Participativa

Con la expedición de la Constitución Política de la Ciudad de México las figuras de la representación Ciudadana y el presupuesto participativo son ubicadas como parte de la Democracia participativa. Incluso las Unidades Territoriales son llevadas a rango Constitucional. La ley de Participación Ciudadana aprobada en 2019 reafirma esta concepción. Aunque las funciones de las figuras de representación ciudadana no se modifican sustancialmente.

Las nuevas figuras se llaman COPACOS y se eligen de forma uninominal (ya no se vota por planilla) y tampoco se vota por un coordinador. Un avance importante es que se toman en cuenta las acciones afirmativas (menos la indígena), pero, existe un retroceso en los derechos indígenas,  no hay un trato diferenciado para los pueblos originarios, que provoco impugnaciones y sentencias a favor de nuestras comunidades.

Conclusiones

El concepto de la participación ciudadana ha avanzado, y con él sus instrumentos, ya no son las estructuras de control político, ahora son parte de la Democracia Participativa.

Su déficit consiste en la inexistente evolución de sus funciones, ayer como ahora tiene muy poco peso para intervenir y participar en las decisiones públicas. Si queremos aumentar los porcentajes de participación en los procesos de representación ciudadana hay que aumentar las funciones vinculatorias de estas representaciones. Tal como sucedió con los Consejos Ciudadanos de1995. Las representaciones ciudadanas deben tener una mayor decisión en los temas públicos.

La crisis actual de participación también emana del esquema de elección de los COPACOS.  Hay COPACOS electos, en la misma Unidad Terriotorial, con 3 votos y otros con 200 votos. Esto desmotiva la competencia y premia al menor esfuerzo.




Rafael Castelán González

 Coordinador de “La Alianza Por la Reconstitución de los Pueblos Originarios”  e integrante de la Consultoría de Estudios Estratégicos CASYA


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